Matrimonio de un Español y un marroquí en Marruecos

Si quieres casartarte en Marruecos con un Español y no sabes ni por dónde empezar, te invito a que leas este artículo donde resolveremos todas tus dudas sobre el matrimonio de un español y un marroquí en Marruecos.

¿Qué te piden para casarse en Marruecos?

La documentación que te piden para casarse en Marruecos va a depender de la nacionalidad de la que sean los contrayentes. Ya que, al ser de una nacionalidad u otra la documentación a aportar suele ser distinta. Dentro de los diferentes documentos a aportar suelen destacar los siguientes:

  • Extracto o copia literal del acta de nacimiento para ambos cónyuges; 
  • Copia literal del acta de matrimonio + traducción al árabe, legalizada por las autoridades locales; 
  • Copia de las CNIE y pasaportes de ambos cónyuges; 
  • Certificado de conversión al islam para el esposo no musulmán.

¿Qué necesita un español para casarse en Marruecos?

Para casarse en Marruecos, el contrayente español necesita iniciar un expediente previamente para obtener un certificado de capacidad matrimonial marruecos. Dicho documento deberá de ser promovido por el contrayente español en el registro civil correspondiente a su localidad de residencia.

¿Qué se necesita una española para casarse con un marroquí?

Si una española quiere casarse en Marruecos con un marroquí, las autoridades de ese país le van a pedir una serie de documentos para realizar ese expediente matrimonial y la boda marroquí.Lo más común es que se exijan los siguientes documentos.

  • El certificado de nacimiento literal
  • La fé de vida y estado 
  • El certificado de penales 

Entre ellos, el documento más importante es el Certificado de Capacidad Matrimonial. Este documento es obligatorio, ningún Español puede casarse en Marruecos sin capacidad matrimonial y aunque no se exija por las autoridades marroquíes, es absolutamente necesario obtenerlo si nuestra intención es inscribir a posteriori el matrimonio en el Registro Civil Español.

Para que estos documentos sean admitidos por las autoridades marroquíes deben de estar obligatoriamente legalizados y traducidos.

¿Cómo contraer matrimonio mixto en Marruecos?

Dado que el matrimonio civil en Marruecos no existe, la única opción de contraer matrimonio mixto en Marruecos es contraer previamente matrimonio coránico ante los adules y después transcrito en el Registro Civil español correspondiente.

¿Cómo contraer matrimonio en Marruecos ante el tribunal de la familia?

Para contraer matrimonio en el tribunal de la familia deberá de informarse de los requisitos que solicita dicho tribunal donde se celebrará su matrimonio. Dentro de los documentos solicitados por el tribunal se encuentran:

  • El Certificado de Capacidad Matrimonial debidamente apostillado (Apostilla de La Haya). La apostilla se realiza en el país emisor de dicho certificado. 
  • El Certificado de Nacionalidad, que deberá ser expedido por el Registro Civil correspondiente al lugar de residencia del contrayente español (según instrucción del 14/04/1999 de la D.R.G.N. – BOE nº103 de 30 de Abril)

Obtención del certificado de capacidad matrimonial

Para obtener el Certificado de Capacidad matrimonial, el Artº246 R.C.C. estipula que el Juez Instructor deberá realizar a ambos contrayentes, por separado, sendas entrevistas reservadas. La del contrayente marroquí será realizada en el Consulado General de España por el Encargado del Registro Civil Consular del consuladomarruecos correspondiente a su lugar de residencia en Marruecos.

Requisitos certificado de capacidad matrimonial

Los principales requisitos para iniciar el expediente de capacidad matrimonial son los siguientes: 

  • Originales de las Certificaciones del estado civil de ambos.

 Contrayente español: Fe de vida y estado. En caso de ser divorciado: certificado del matrimonio anterior con la mención marginal del divorcio o sentencia de divorcio 

  • Contrayente marroquí: Certificado de soltería o, en caso de ser divorciado, acta de divorcio y certificado de no haber contraído matrimonio con posterioridad “Certificat de non remariage”. Si es viudo: Certificado de viudez y certificado de no haber contraído matrimonio con posterioridad “Certificat de non remariage”.
  • Certificado de empadronamiento o de residencia de ambos contrayentes.

Leyes Marruecos matrimonio

La edad mínima para contraer matrimonio es 18 años. Se permite el divorcio por mutuo acuerdo. Se puede restringir judicialmente la poligamia y el repudio. Así como se elimina la figura del guardián matrimonial para el consentimiento de la mujer

Documentos que solicitan al contrayente extranjero/a para contraer matrimonio

  • Solicitud de autorización matrimonial dirigida al juez de familia encargado de matrimonios.
  • Copia del certificado de conversión al islam en caso de que el contrayente no sea musulmán.
  • Certificado de capacidad matrimonial expedido por la Embajada o el Consulado de su país en Rabat y legalizado por el Ministerio de Asuntos Exteriores en Rabat o Tánger.
  • Certificado de nacimiento.
  • Certificado de antecedentes penales expedido por las autoridades de su país o del país en el que reside.
  • Certificado de antecedentes penales expedido por el Ministerio de Justicia de Rabat.
  • Certificado de nacionalidad.
  •  Certificado de soltería o copia del acta de divorcio en caso de estar divorciado/a.
  • Certificado de ejercicio de profesión y de renta.
  •  Fotocopia del Documento Nacional de Identidad.
  • Fotocopia del pasaporte.
  • Fotocopia de la página que indique la fecha de entrada a Marruecos.
  • Cuatro fotografías del contrayente extranjero.
  • Certificado médico para fines matrimoniales.

Documentos que solicitan al contrayente marroquí para contraer matrimonio.

En la mayoría de las bodas de marruecos solicitan al contrayente marroquí la siguiente documentación: 

  • Certificado administrativo de noviazgo.
  • Certificado de nacimiento expedido en el lugar de nacimiento (copia literal para el matrimonio).
  • Certificado médico para fines matrimoniales.
  • Copia del divorcio en caso de estar divorciado/a.

Requisitos bodas marroquíes

Uno de los requisitos para las bodas marroquíes es que se exija la siguiente documentación.

  • El certificado de nacimiento literal
  • La fé de vida y estado 
  • El certificado de penales 

Todos estos documentos deben ser legalizados y traducidos para que puedan ser admitidos ante las autoridades marroquíes.

Requisitos para obtener el libro de familia en el registro civil consular

Para obtener la solicitud de inscripción de matrimonio coránico y del libro de familia en el registro civil consular del consuladomarruecos que le corresponda debe ser realizada por el contrayente español. De no poder realizarla, puede autorizar al cónyuge de nacionalidad marroquí a través de un Acta Notarial.

  • Rellenar  la hoja de declaración de datos (impreso descargable en la página web del MAEC) con letra clara y sin errores. Sólo se admitirán las solicitudes debidamente cumplimentadas.

IMPORTANTE: En el caso de contradicciones entre lo declarado y los documentos presentados, el expediente se devolverá.

  • Original del Acta de Matrimonio Coránico apostillada y traducida.En el Acta de Matrimonio deben constar el nombre y los dos apellidos del contrayente español.
  • Auto final del expediente de Capacidad Matrimonial (original o fotocopia compulsada). Deberá solicitarlo en el Registro Civil correspondiente.
  • Fotocopia del certificado de Capacidad Matrimonial.
  • Original del Certificado literal de nacimiento de ambos contrayentes.
  • Originales de las Certificaciones del estado civil de ambos. 
  • Contrayente español: Fe de vida y estado. En caso de ser divorciado: certificado del matrimonio anterior con la mención marginal del divorcio o sentencia de divorcio. Si es viudo, acta de matrimonio con la inscripción marginal del fallecimiento.
  • Contrayente marroquí: Certificado de soltería o, en caso de ser divorciado, acta de divorcio y certificado de no haber contraído matrimonio con posterioridad “Certificat de non remariage”. Si es viudo: Certificado de viudez y certificado de no haber contraído matrimonio con posterioridad “Certificat de non remariage”.  
  • Certificado de empadronamiento o de residencia de ambos contrayentes.
  • Fotocopias de los DNI de ambos contrayentes.

Deja un comentario