Trabajar sin tarjeta comunitaria

Trabajar sin la tarjeta comunitaria: varios de nuestros propios visitantes nos preguntan si un familiar de un residente comunitario o de un habitante español puede laborar sin tener tarjeta comunitaria. Si no sabes que es la tarjeta comunitaria mira este enlace.

Puesto que bien, aun cuando de esta forma, a voz de rápido la contestación mayoritaria que tenemos la posibilidad de obtener tanto de parte de las oficinas de extranjería, burócratas de la Seguridad Social, e inclusive de parte de otros abogados que no conozcan tanto el sistema comunitario, es que hasta no tener la tarjeta de residencia no se puede laborar, realmente sí que es viable iniciar una actividad gremial todavía no teniendo aún la tarjeta de familiar de habitante comunitario.

Ya hemos explicado en otros casos que el sistema comunitario instituye una secuencia de derechos más allá de tener o no una tarjeta de residencia; o sea, la tarjeta no es constitutiva de los derechos de independiente circulación, de establecimiento en España y del ejercicio de ocupaciones laborales o expertos.

Como trabajar sin la tarjeta comunitaria

Realmente el sistema comunitario instituye aquellos derechos al margen de que tengamos o no tarjeta.

La regla instituye la obligación de obtener la que corresponde tarjeta o certificado de residente comunitario para los casos en los cuales el habitante familiar de un habitante comunitario o español, o de un habitante de la Alianza Europeo vaya a quedar en España bastante más de 90 días.

Trabajar sin tarjeta comunitaria

En lo demás de casos no es ni siquiera primordial tener la tarjeta comunitaria para poder trabajar. Empero aquello no desea mencionar que no tengamos el derecho inherentes al sistema comunitario y uno de aquellos derechos es el del ejercicio de ocupaciones laborales y expertos.

El tener o no tener esta tarjeta, como mencionamos, no involucra que no tengamos dichos derechos.

La tarjeta, o el certificado de residencia no son roles de residencia ninguna autorización para laborar como de la misma forma que pasa en sistema general, sino que sólo es un archivo de identidad que nos sirve para acreditar nuestra condición de familiar de habitante de la Alianza que consiste en España.

Los derechos los poseemos ya que la ley los instituye y los acreditamos de una manera fácil y positiva con la tenencia de dicha Tarjeta Comunitaria o certificado de registro de habitante de la Alianza Europea.

Por consiguiente, se puede laborar sin tener tarjeta si estamos integrados en el sistema comunitario y tenemos la posibilidad de laborar sin tener certificado de residencia de la Unión Europea si somos habitantes comunitarios.

Bastará con pedir la asignación de un Número de Identidad de Extranjero (NIE) a efectos de hacer el alta y afiliación en la Estabilidad Social y de liquidar los impuestos derivados del ejercicio de la actividad gremial o profesional.

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