La retención que se aplica a las personas no residentes en España es el Impuesto sobre la Renta de No Residentes. El tipo de gravamen que tendrán que pagar dependerá del lugar donde residan. Si son residentes en la Unión Europea, Islandia o Noruega tendrán un tipo impositivo del 19% si no residen en ninguno de los países mencionados se tendrá el tipo impositivo general del 24%.
¿Cuándo se aplica la retención del 3%?
La retención del 3% se aplicará en el momento en el que se produzca la venta de un inmueble que sea propiedad de una persona no residente en España y esa retención equivale al Impuesto de la Renta de No Residentes (IRNR).
¿Quién está obligado a retener el 3% del precio en el supuesto de compra de inmuebles a no residentes que no actúen mediante EP?
La persona que está obligada a retener el 3% del precio de la compra del inmueble es la persona que adquiere la propiedad de una persona no residente en el país en concepto del pago del Impuesto de la Renta de No Residentes.
Francisco Campos Notario, Abogado ICAS 15702, Abogado Especialista en Derecho de Extranjería, ofrece contenido especializado y actualizado EsAbogadoExtranjería. Obtén información valiosa sobre trámites migratorios, residencia, nacionalidad y más. Para consultas personalizadas, contáctanos aquí o visita nuestro despacho en Madrid y Sevilla.