Visado de Estudiante en España

 

¿Qué es el visado de estudiante?

El visado de estudiante es la autorización que permite a las personas extracomunitarias permanecer en España para cursar o ampliar estudios en un centro oficial, realizar actividades de formación, participar en programas de movilidad o intercambio de alumnos, o llevar a cabo servicios de voluntariado. Con el nuevo Reglamento de Extranjería —el Real Decreto 1155/2024, en vigor desde el 20 de mayo de 2025— esta figura pasó a denominarse oficialmente estancia de larga duración por estudios, movilidad de alumnos, servicios de voluntariado o actividades formativas, y se regula en sus artículos 34 a 36 y 52 a 58, desarrollados por las Instrucciones SEM 3/2025. La gran ventaja de venir a estudiar es que abre una de las vías más sólidas para asentarse en España, porque al terminar los estudios puede transformarse en una residencia y trabajo.

Los ciudadanos de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo o de Suiza, así como sus familiares a los que se aplica el régimen comunitario, no necesitan este visado para estudiar en España, ya que pueden residir libremente en el país.

Te contamos todas las novedades sobre la estancia por estudios y cómo migrar a España de forma segura:

Tipos de visado de estudiante

La diferencia clave está en la duración de los estudios. Si el curso dura noventa días o menos, basta con una estancia de corta duración: un visado de corta estancia (tipo Schengen) o, para los nacionales de países exentos, la entrada sin visado durante ese periodo. Si los estudios superan los noventa días —que es lo habitual en una carrera, un máster o un curso académico completo— necesitarás la estancia de larga duración por estudios, que es la autorización que desarrollamos en esta página. En este segundo caso, además del visado, deberás tramitar la Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE) cuando la estancia supere los seis meses.

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¿Cuánto dura el visado de estudiante en España?

duración del visado de estudiante en España

Aquí hay una novedad muy relevante del nuevo Reglamento. Hasta ahora la autorización se concedía por un año y había que renovarla curso tras curso, con los trámites y los retrasos que eso suponía. Con el Real Decreto 1155/2024, para los estudios superiores la autorización puede concederse por toda la duración del programa, de modo que ya no es necesario renovar cada año. La duración, por tanto, se ajusta al periodo de tus estudios.

En cuanto al documento físico, depende del tiempo de estancia: si supera los seis meses, recibirás una Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE); si es inferior, no se expide tarjeta y basta con el sello correspondiente en el pasaporte. Conviene tener presente, además, que la fecha de tu tarjeta y la de finalización del curso no tienen por qué coincidir exactamente.

Requisitos del visado de estudiante en España

Para obtener la estancia por estudios necesitas reunir, con carácter general, los siguientes requisitos: no ser ciudadano de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo o de Suiza, ni familiar de estos a quien se aplique el régimen comunitario; haber sido admitido en un centro de estudios oficial reconocido en España, lo que se acredita con la carta de aceptación o la matrícula; disponer de medios económicos suficientes para todo el periodo de estancia, que se valoran en el 100% del IPREM (en torno a 600 euros mensuales, importe que se actualiza periódicamente); contar con un seguro de salud, público o privado, con cobertura completa en España; carecer de antecedentes penales y aportar el certificado médico, requisitos exigibles cuando la estancia supera los seis meses; tener el pasaporte en vigor con una vigencia mínima de un año; y abonar la tasa correspondiente. Si solicitas la autorización desde España, deberás encontrarte en situación regular en el país. Y si vas a cursar estudios superiores o de especialización sanitaria, normalmente te pedirán también la homologación o el reconocimiento del título universitario que hayas obtenido en tu país.

requisitos del visado de estudiante en España

Documentos necesarios para tramitar el visado de estudiante

La documentación habitual incluye el modelo oficial de solicitud de estancia debidamente cumplimentado (modelo EX-00), el pasaporte en vigor y su copia, la carta de admisión o matrícula del centro educativo, la acreditación de medios económicos suficientes, el seguro médico y la información sobre tu alojamiento en España. Cuando la estancia supera los seis meses, se añaden el certificado médico que acredite no padecer enfermedades con repercusión en la salud pública según el Reglamento Sanitario Internacional de 2005 y el certificado de antecedentes penales. Si el estudiante es menor de edad y no viaja con sus progenitores, hará falta además una autorización legal firmada por ellos. Todos los documentos emitidos en el extranjero deben presentarse traducidos y apostillados o legalizados cuando proceda.

¿Se puede trabajar con el visado de estudiante en España?

Sí, y este es uno de los cambios más importantes del nuevo Reglamento. Si cursas estudios superiores, la autorización de estancia te habilita automáticamente para trabajar por cuenta ajena o por cuenta propia, sin necesidad de un permiso adicional, siempre que la actividad sea compatible con tus estudios. La jornada no puede superar las 30 horas semanales y el trabajo se limita, con carácter general, a la comunidad autónoma donde estudias (o a una localidad limítrofe). Para otras formaciones —como las dirigidas a obtener un certificado de profesionalidad o una habilitación técnica— sí es necesario solicitar previamente la correspondiente autorización de trabajo.

Además, podrás realizar prácticas vinculadas a tus estudios. Las prácticas curriculares, integradas en el plan de estudios, requieren un convenio firmado entre tu centro y la empresa, y conviene saber que los ingresos que obtengas en ellas no sirven para acreditar los medios económicos exigidos para la estancia.

Al terminar los estudios: cómo pasar a residencia y trabajo

Aquí está, probablemente, la mayor ventaja de venir a estudiar a España. Cuando finalizas tus estudios y obtienes el título o certificado, puedes modificar tu estancia por una autorización de residencia y trabajo, ya sea por cuenta ajena o por cuenta propia, sin tener que salir del país. El nuevo Reglamento ha facilitado mucho este paso e incluso reconoce, una vez admitida a trámite la solicitud de modificación, una habilitación provisional para trabajar a jornada completa, tanto para el estudiante como para sus familiares, mientras se resuelve. Por eso la estancia por estudios funciona, en la práctica, como una excelente puerta de entrada a una residencia estable en España.

Familiares de estudiantes en España

Tus familiares pueden acompañarte durante tu estancia en España. Se consideran familiares el cónyuge o la pareja registrada o estable debidamente acreditada, y los hijos menores de edad o dependientes. En el caso de los estudiantes de educación superior, el nuevo Reglamento prevé un régimen especialmente favorable para sus familiares, que pueden ver facilitado también su acceso al trabajo. Para que la solicitud prospere hay que acreditar el vínculo familiar, demostrar medios económicos suficientes para todo el grupo y contar con un seguro médico válido para cada miembro. Cuando viajen hijos menores con uno solo de los progenitores, suele exigirse además la autorización notarial del otro progenitor para el desplazamiento.

Preguntas frecuentes sobre el visado de estudiante

¿Puedo solicitarlo desde España? Lo habitual es solicitar el visado en el Consulado español de tu país de origen o residencia. No obstante, si eres nacional de un país exento de visado y vas a cursar estudios superiores, especialización sanitaria o una formación que conduce a una habilitación técnica, puedes entrar en España y presentar la solicitud ante la Oficina de Extranjería dentro de los primeros treinta días desde tu llegada.

¿Sirve para cursos de idiomas? Sí, siempre que el curso se imparta en un centro oficial reconocido e inscrito en el registro correspondiente y tenga la carga lectiva exigida. La autorización para este tipo de formación tiene sus propias reglas de duración y prórroga, que revisamos en tu caso concreto.

¿Necesito la TIE al llegar? Sí, si tu estancia supera los seis meses. Deberás solicitarla tras tu entrada en España dentro del plazo previsto. Si la estancia es más corta, no se expide tarjeta física.

¿Qué pasa si me deniegan el visado? La mayoría de las denegaciones se deben a defectos subsanables: medios económicos mal acreditados, un seguro que no cumple los requisitos o documentación incompleta. Analizamos el motivo y, según el caso, preparamos un recurso o una nueva solicitud bien fundamentada dentro de plazo.

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En Es Abogado Extranjería estudiamos tu caso, comprobamos que cumples los requisitos, preparamos el expediente completo y te acompañamos durante todo el proceso, tanto si lo solicitas desde tu país como desde España. Y cuando termines tus estudios, te ayudamos a dar el siguiente paso hacia tu residencia y trabajo. Cuéntanos tu situación sin compromiso: