Modificación de estancia por estudios a cuenta ajena

Si eres un estudiante que estás acabando o ya has acabado tus estudios en España y te gustaría trabajar en España puedes hacerlo a través de la modificación de la estancia por estudios a cuenta ajena. En este artículo te vamos a decir detalladamente como puedes hacerlo.

Cambio de estudiante a residencia y trabajo

El permiso de residencia temporal y trabajo por cuenta ajena es una autorización que pide el empleador en el momento en el que decide contratar a una persona extranjera. Este permiso lo solicita la empresa en la oficina de extranjería, aunque también es posible solicitar este permiso a través de la sede electrónica de la Administración.

El plazo que tarda en resolver el permiso de residencia y trabajo es de 3 meses que empiezan a contar una vez que la solicitud haya sido admitida.

Por último el permiso de residencia y trabajo inicial tendrá una duración de un año y se podrá renovar por un tiempo de 4 años.

Todo lo que necesitas saber si vas a realizar una modificación de estancia por estudios a otro trámite

Desde Es Abogado Extranjeria, te contamos todo lo que necesitas saber para realizar tu modificación de estancia por estudios a otro trámite, ya sea una prórroga de estudios, una modificación de cuenta ajena inicial, una búsqueda de prácticas o bien a otro trámite. Te contamos los pasos que tienes que tener claros, antes de solicitar tu trámite.

Requisitos para modificar la estancia por estudios a cuenta ajena

Estos son los requisitos que tienes que cumplir para poder hacer la modificación de estancia por estudios a cuenta ajena:

  • Demostrar que has terminado los estudios, prácticas o trabajo de investigación por el cual obtuviste la estancia por estudios.
  • No tener prohibida la entrada en España ni figurar como rechazable en los países con los que España tenga firmado un convenio.
  • No tener antecedentes penales en España y en los países en los que hayas estado los últimos 5 años.
  • Pagar las tasas.
  • Presentar el contrato firmado por el empleador y el trabajador.
  • Las condiciones que figuran en el contrato deben ajustarse a la normativa vigente.
  • El empleador deberá estar inscrito en la Seguridad Social y estar al corriente con las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social.
  • El empleador deberá de contar con los medios económicos suficientes para cumplir con las obligaciones que estipulan en el contrato frente al trabajador. 
  • Si el empleador es una persona física tendrá que acreditar, descontando el pago del salario, el 100% del IPREM si no hay familiares a su cargo, si la unidad familiar incluye a dos miembros tendrá que acreditar el 200% del IPREM y si son más de dos personas se tendrá que sumar a la cantidad anterior el 50% del IPREM por cada miembro.
  • Tener la cualificación profesional necesaria para poder desarrollar el trabajo o en su defecto titulación debidamente homologada.

Documentación para modificar la estancia por estudios a cuenta ajena

A continuación te contamos todos los documentos que necesitas para poder hacer la modificación de estancia por estudios a cuenta ajena:

  • Impreso de la solicitud.
  • Copia del pasaporte completo, título de viaje o en su defecto cédula de inscripción en vigor del trabajador extranjero.
  • Copia de la documentación que confirme que posees la capacitación y cualificación profesional legalmente exigida para realizar dicho trabajo.
  • Contrato de trabajo firmado.
  • Acreditación de que la empresa puede garantizar la solvencia necesaria.
  • Certificación acreditativa de haber superado los estudios o haber finalizado el trabajo de investigación, formación o prácticas. 
  • Certificado de antecedentes penales expedido por las autoridades del país o países donde hayas estado los últimos cinco años.
  • Documentación que identifique a la empresa que solicita la autorización:
    • Si es una persona individual: Copia del NIE o NIF o consentimiento para comprobar los datos de identidad en el Sistema de Verificación de Datos de Identidad y Residencia.
    • Si es una persona jurídica (S.A, S.L, Cooperativa y demás)
    • Copia del NIF de la empresa y copia de la escritura de constitución inscrita en el Registro correspondiente.
    • Copia del documento público que acredite que el firmante de la solicitud de autorización ostenta la representación legal de la empresa.
    • Copia del NIF o NIE o consentimiento para comprobar los datos de identidad en el Sistema de Verificación de Datos de Identidad y Residencia del firmante de la solicitud.

¿Qué tengo que hacer cuando me concedan la autorización de residencia y trabajo por cuenta ajena?

Estos son los pasos que deberás hacer una vez que te hayan concedido la autorización de residencia y trabajo por cuenta ajena:

  • Tendrás que afiliarte y darte de alta en la Seguridad Social.
  • Cuando te hayas dado de alta en la Seguridad Social tendrás que solicitar la tarjeta de identidad del extranjero (TIE).
  • Tendrás que presentar en el momento del trámite de huellas el pasaporte o título de viaje para confirmar tu identidad y además tendrás que presentar estos documentos:
  • Solicitud de la tarjeta de identidad de extranjero.
  • Justificante del pago de la tasa.
  • Acreditación de la afiliación o alta en la Seguridad Social.
  • Fotografía reciente y en color tamaño carné.

¿Pueden los familiares beneficiarse del permiso de residencia?

Los familiares que hayan tenido un permiso de estancia como familiar de la persona titular de la estancia por estudios también podrán tener un permiso de residencia. Para ello tendrán que cumplir con lo siguiente:

  • Vivir con la persona titular de la estancia por estudios.
  • No tener antecedentes penales en España ni en los países en los que hayas estado en los últimos 5 años.
  • No tener prohibida la entrada a España ni aparecer como rechazable en los países con los que España tenga firmado un convenio.
  • No estar en el plazo de no retorno a España.
  • Disponer de una vivienda adecuada.
  • Tener los medios económicos suficientes.
  • Pagar la tasa.

¿Qué puede hacer el familiar del reagrupante una vez le hayan concedido la residencia?

Con la residencia el familiar del reagrupante de la modificación de estancia por estudios  a cuenta ajena podrá trabajar por cuenta ajena, por cuenta propia en cualquier parte de España. También tendrá que solicitar la tarjeta de identidad de extranjeros (TIE) en la oficina de Extranjería o Comisaría de Policía donde se haya tramitado la solicitud.

¿Cómo se puede presentar la modificación de estancia por estudios a cuenta ajena?  

Para poder presentar la modificación de estancia por estudios a cuenta ajena lo podrás hacer de estas dos formas:

  • La primera forma es que te lo presente un abogado especialista en extranjería, esta es la mejor opción ya que suele ser la manera más rápida y exitosa de conseguir esta modificación. 
  • La segunda opción es que lo presente el empleador que te vaya a contratar.

La presentación de la solicitud se tendrá que hacer en la oficina de extranjería y se establece un plazo de 3 meses para la resolución de tu solicitud.

¿Qué puedo hacer si me deniegan la solicitud de la modificación de estancia por estudios a cuenta ajena? 

Si te deniegan tu solicitud de estancia por estudios a cuenta ajena te recomendamos que contactes con nosotros para estudiar tu caso y buscar la mejor solución para que te concedan la modificación de estancia por estudios a cuenta ajena.

Esperamos que este artículo te haya sido útil y te haya quedado claro todo los requisitos, documentos y beneficios que tienes con la modificación de estancia por estudios a cuenta ajena. Si quieres que te ayudemos a tramitar tu modificación no dudes en contactar con nosotros y te ayudaremos en todo lo que necesites.

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