La nacionalidad española por opción es un beneficio que ofrece la ley española a determinados extranjeros que cumplan una serie de requisitos y se regula en el artículo 20 del Código civil. Si tienes interés en saber quien tiene opción a la nacionalidad española, este artículo te interesa.
Índice
Solicitud nacionalidad española por opción:¿Quiénes pueden adquirirla?
Nacionalidad española por opción requisitos
a)Uno de los requisitos nacionalidad española por opción que se pueden dar son: las personas que estén o hayan estado sujetas a la patria potestad de un español.
Por ejemplo, un ciudadano peruano reside en España con su hija menor de edad y obtiene la nacionalidad española por residencia. En este caso, la hija pasaría a estar sujeta a la patria potestad de un español y podría optar a la nacionalidad española.
El plazo para optar caduca a los veinte años de edad, pero si el optante no estuviera emancipado según su ley personal al llegar a los dieciocho años de edad, el plazo para optar se prolongará hasta que transcurran dos años desde la emancipación.
En el ejemplo anterior, si según la ley peruana la mayoría de edad no se alcanzase hasta lo 21 años, la hija tendría el derecho a optar hasta los 23 años de edad.
Este trámite se puede realizar tanto en España como en el extranjero a través de las embajadas o consulados.
b) También tienen opción a la nacionalidad española aquellas personas cuyo padre o madre hubiera sido originariamente español y nacido en España.
En estos casos no hay limite de edad para optar (art 20.3 Cc).
c) Las que se hallen comprendidas en el segundo apartado de los artículos 17 y 19.
El apartado segundo del artículo 17 se refiere a aquellos casos en los que la filiación (la determinación de quienes son los padres) o el nacimiento en España se determina después de los 18 años de edad. En este supuesto tenemos dos años desde que se determina la filiación o el nacimiento para optar.
Por su parte, el apartado segundo del artículo 19 se refiere a aquellas personas cuya adopción por españoles se realizó después de los 18 años de edad. El plazo para optar es de 2 años desde la adopción.
¿A qué edad caduca la posibilidad de optar?
La regla general es que caduca a los 20 años de edad (art 20.2.c) Cc) sin embargo, como ya hemos adelantado antes, hay excepciones:
- Cuando la ley personal del optante no reconozca la emancipación a los 18 años. En este caso el plazo es de 2 años desde que se produzca esa emancipación.
- Cuando se adopta a un mayor de 18 años. En este caso el plazo es de 2 años desde la adopción.
- Cuando la filiación o nacimiento se determina después de los 18 años, el plazo es de 2 años desde esa determinación.
- Cuando el padre o la madre hubiera sido originariamente español y nacido en España. En este caso no hay plazo para optar.
¿Quién puede realizar la declaración de opción?
Vamos a ver los diferentes supuestos:
Nacionalidad española por opción para menores de 14 años
a) En el caso de los menores de 14 años o incapacitados, la declaración la puede realizar el representante legal del optante.
En este caso, la opción requiere autorización del encargado del Registro Civil del domicilio del declarante, previo dictamen del Ministerio Fiscal. Dicha autorización se concederá en interés del menor o incapaz.
Nacionalidad española por opción para mayores de 14 años
b) Los mayores de 14 años y los incapacitados (cuando así se lo permita la sentencia de incapacitación) podrán realizar la declaración por si mismos, si bien requieren la asistencia de su representante legal, solo rellenando el modelo solicitud nacionalidad española por opcion mayores 14 años
Nacionalidad española por opción para mayores de 18 años
c) Por el interesado, por sí solo, si está emancipado o es mayor de dieciocho años.
d) Por el interesado, por sí solo, dentro de los dos años siguientes a la recuperación de la plena capacidad.
Solicitar nacionalidad española por opcion ¿Dónde se realizan los trámites?
Los trámites se realizan ante el Registro civil del domicilio del interesado o de su representante, según los casos.
Por supuesto, si tienes cualquier duda en la tramitación de nacionalidad española por opcion o necesitas un asesoramiento más personalizado no dudes en contactar con nosotros y en es abogado extranjería estaremos encantados de atender tu caso.
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