El tiempo necesario para solicitar la nacionalidad española varía según el método de adquisición y la situación del solicitante:
- Por residencia: Generalmente se requieren 10 años de residencia legal y continuada en España. Existen excepciones que permiten reducir este tiempo a 2 años para nacionales de países iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial y Portugal, o a 5 años para refugiados.
- Por matrimonio: Es posible solicitar la nacionalidad después de un año de matrimonio y residencia en España.
- Por opción: Este método está disponible para personas que tienen un vínculo especial con España, como hijos de españoles nacidos en España, y generalmente se puede solicitar en cualquier momento durante su minoría de edad o poco después de alcanzar la mayoría de edad.
¿Cuánto tiempo puedo salir de España para pedir la nacionalidad?
Para mantener la continuidad de la residencia requerida para la nacionalidad española por residencia, no debes ausentarte de España por largos períodos. Las ausencias prolongadas pueden interrumpir la continuidad de la residencia. Generalmente, no se deben superar los 6 meses fuera de España en un año, aunque hay excepciones dependiendo de las circunstancias específicas. Es importante consultar con las autoridades o un abogado especializado para entender cómo tus viajes al exterior pueden afectar tu solicitud.
¿Quién concede la nacionalidad española por residencia?
La nacionalidad española por residencia es concedida por el Ministerio de Justicia de España. El proceso implica la presentación de una solicitud completa junto con todos los documentos necesarios, el cumplimiento de los requisitos de residencia y la aprobación de los exámenes pertinentes. Una vez evaluada toda la información y documentación por parte del Ministerio, se tomará la decisión de conceder o no la nacionalidad.
¿Cuántos tipos de nacionalidad española hay?
Existen varios tipos de nacionalidad española, que se pueden adquirir de diferentes maneras:
- Nacionalidad por residencia: Como se mencionó, se requiere un periodo de residencia legal y continuada.
- Nacionalidad por origen: Automáticamente para los nacidos de padre o madre españoles.
- Nacionalidad por opción: Disponible para quienes tienen un vínculo especial con España, como hijos de españoles.
- Nacionalidad por matrimonio: Disponible tras un año de matrimonio con un ciudadano español y residencia en España.
- Nacionalidad por carta de naturaleza: Otorgada de forma discrecional por el gobierno en casos excepcionales.
- Nacionalidad por posesión de estado: Para quienes han usado la nacionalidad española durante diez años de forma continuada y de buena fe.
Cada tipo tiene requisitos específicos y está dirigido a diferentes situaciones personales o familiares.
Francisco Campos Notario, Abogado ICAS 15702, Abogado Especialista en Derecho de Extranjería, ofrece contenido especializado y actualizado EsAbogadoExtranjería. Obtén información valiosa sobre trámites migratorios, residencia, nacionalidad y más. Para consultas personalizadas, contáctanos aquí o visita nuestro despacho en Madrid y Sevilla.