Recopilación y traslado anticipado de datos sobre los pasajeros

A lo largo de mi trayectoria como abogado especializado en extranjería, he tenido la oportunidad de representar a numerosos clientes que han enfrentado diversos desafíos al intentar establecerse en un país extranjero. En este sentido, la reciente publicación de dos Reglamentos por parte del Diario Oficial de la Unión Europea (DOUE) sobre la recogida y transferencia de información anticipada de los pasajeros ha despertado un gran interés en la comunidad legal. Estos Reglamentos, que buscan regular las prácticas relacionadas con la seguridad en el ámbito de la Unión Europea, suponen un importante avance en la protección de los derechos de los individuos en el contexto de la inmigración. Como abogado comprometido con la defensa de los derechos de los extranjeros, considero fundamental analizar en profundidad el impacto de estas nuevas normativas y trabajar en conjunto con mis clientes para garantizar su pleno cumplimiento.

«Nuevos Reglamentos de la UE: Anticipando la recogida y transferencia de información de pasajeros»

El Boletín Oficial de la Unión Europea (BOUE) acaba de publicar dos Reglamentos relacionados con la recogida y transferencia de información anticipada sobre los pasajeros para fortalecer las inspecciones en las fronteras exteriores y para la prevención, detección, investigación y enjuiciamiento de los delitos de terrorismo y de los delitos graves. Estos reglamentos pueden descargarse a continuación y destacamos lo siguiente:

El primer Reglamento (UE) 2025/12 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 19 de diciembre de 2024, se refiere a la recopilación y transmisión de información anticipada sobre los pasajeros para reforzar y facilitar las inspecciones en las fronteras exteriores, modificando los Reglamentos (UE) 2018/1726 y (UE) 2019/817 y derogando la Directiva 2004/82/CE del Consejo.

En cuanto al segundo Reglamento (UE) 2025/13 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 19 de diciembre de 2024, se relaciona con la recopilación y transmisión de información anticipada sobre los pasajeros para la prevención, detección, investigación y enjuiciamiento de los delitos de terrorismo y de los delitos graves, modificando el Reglamento (UE) 2019/818.

Ambos reglamentos entrarán en vigor a los veinte días de su publicación en el Boletín Oficial de la Unión Europea y serán aplicables en diferentes plazos según las disposiciones establecidas en los mismos. Es crucial estar al tanto de estos cambios para garantizar el cumplimiento de las normativas europeas en materia de seguridad fronteriza y lucha contra el terrorismo.

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