Solicitud del número de la Seguridad Social para extranjeros: vías, documentos y NIE

Lectura: 10 min · Actualizado el 26 de septiembre de 2026 · Escrito por Marta Palacios Cuesta, consultora de extranjería

La solicitud del número de la Seguridad Social para extranjeros, el NUSS, se hace en Importass, el portal de la Tesorería General de la Seguridad Social, en cualquier momento. Con Cl@ve o certificado electrónico el número se asigna en el acto; sin ellos, adjuntas tu DNI o NIE y un selfie, y la Tesorería verifica tu identidad antes de asignarlo. Si te contrata una empresa y no tienes número, lo pide ella.

Resumen en 30 segundos

  • Quién lo pide: tú, o la empresa si te contrata y aún no lo tienes.
  • Dónde: en Importass (web o app), en la Sede Electrónica con certificado o, sin cita previa, en una Administración de la Tesorería. Las fichas oficiales no prevén pedirlo por teléfono.
  • Qué necesitas: DNI o NIE, móvil, correo y domicilio. Con solo pasaporte, acude a la Tesorería con el modelo TA.1.
  • Número de la Seguridad Social para extranjeros: tenerlo no te autoriza a trabajar.
  • Hijos: lo pide la madre, el padre o el tutor, con el TA.1 del menor y el libro de familia o el documento de tutela.

Qué es el NUSS y quién hace la solicitud del número de la Seguridad Social

El NUSS es el número con el que la Seguridad Social te identifica y coincide con el número de afiliación. Lo asigna la Tesorería General (arts. 3.1 y 21.1 del RD 84/1996) y hay que tenerlo antes de la afiliación y el alta o de pedir una prestación (art. 21.2).

Quién pide el NUSS según tu situación
SituaciónQuién lo pideBase
Te contrata una empresaLa empresa, antes de tu primer díaArts. 24 y 27.2 del RD 84/1996
Trabajo por cuenta propiaTú, antes de iniciar la actividadArts. 25.1 y 27.2 del RD 84/1996
Prestación, tarjeta sanitaria u otro trámiteTú, en cualquier momentoArt. 21.2 del RD 84/1996
Prácticas formativasLa universidad, el centro o la empresaGuía de la Seguridad Social
Hijo menor de edadMadre, padre o tutor legalFicha de Importass

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Cómo pedir el NUSS por primera vez en Importass, paso a paso

El servicio está en «Altas, bajas y modificaciones» de Importass (web y app). La Tesorería recomienda rellenar antes, en mayúsculas, el modelo TA.1 (PDF).

  1. Comprueba que no tienes ya número en «Acreditación del Número de la Seguridad Social»: puede existir si trabajaste en España o tuviste Seguro Escolar.
  2. Entra en «Solicitar el Número de la Seguridad Social», pulsa «Solicitar NUSS» e identifícate con Cl@ve Permanente, Cl@ve Móvil, DNIe o certificado. El SMS no sirve mientras no tengas NUSS.
  3. Sin identificación electrónica, elige «Ninguno de los anteriores», hazte un selfie con la cara delantera de tu DNI o NIE y adjunta la foto de sus dos caras. Si eres menor emancipado, añade el documento que lo acredita.
  4. Da tus datos personales, un móvil, un correo y tu domicilio habitual.
  5. Resultado: con identificación electrónica, el número sale en pantalla y descargas el justificante; sin ella, la Tesorería verifica tu identidad y después resuelve, sin plazo fijado en la ficha.

Otras vías: Sede Electrónica, oficina de la Tesorería y teléfono

Canales para pedir el NUSS y qué exige cada uno
CanalQué necesitasQué ocurre
Importass (web o app)Cl@ve, DNIe o certificado; sin ellos, foto del DNI o NIE y selfieEn el acto, o tras verificar tu identidad
Sede ElectrónicaCertificado digitalServicio «Asignación de número de la Seguridad Social»
Administración de la TesoreríaModelo TA.1 y DNI, tarjeta de extranjero o pasaporteSin cita; la de tu domicilio o la de la empresa

Sin cita previa: según la Seguridad Social, las oficinas de la Tesorería atienden sin cita, de lunes a viernes de 9:00 a 14:00. Busca la tuya en el directorio de oficinas (organismo TGSS) y lleva el TA.1 relleno y tu documento. Ninguna ficha del NUSS prevé pedirlo por teléfono ni pagar una tasa.

Número de la Seguridad Social para extranjeros: NIE, pasaporte y permiso de trabajo

El número de la Seguridad Social de los extranjeros no exige NIE: la norma pide «el correspondiente documento de identificación» (art. 21.2 del RD 84/1996). Lo que cambia es el canal: por Importass, la ficha solo menciona DNI o NIE para el adulto que lo pide para sí; en la oficina, la ficha del trámite admite también la tarjeta de extranjero o el pasaporte.

Tener NUSS no es tener permiso para trabajarPara la afiliación y el alta, los extranjeros se equiparan a los españoles si residen o se encuentran legalmente en España y tienen autorización para trabajar cuando es exigible, que acompaña a la solicitud salvo si se les aplica la normativa comunitaria (art. 42.1 del RD 84/1996).

Si aún no tienes NIE, lo normal es recibirlo de oficio al iniciarse el procedimiento para obtener un documento que te permita permanecer en España (art. 205.1 y 205.3 del RD 1155/2024). Con una autorización de movilidad internacional de la Ley 14/2013, el pasaporte basta para el alta durante los primeros seis meses (art. 76.5).

Ciudadanos de la UE, del EEE y de Suiza: no aportan autorización de trabajo para el alta (art. 42.1 del RD 84/1996; para Suiza, DA 3.ª del RD 240/2007), y su NIE consta en el certificado de registro (art. 7.5 del RD 240/2007).

Plazos de alta que condicionan tu autorización de residencia

Para un extranjero, el alta suele condicionar la eficacia de la autorización: ten el NUSS antes de que corra el plazo.

Alta en la Seguridad Social y eficacia de la autorización (RD 1155/2024)
AutorizaciónPlazo para el altaArtículo
Inicial de residencia temporal y trabajo por cuenta ajenaTres meses desde la entrada legalArts. 73.1 y 77.8
Inicial de residencia temporal y trabajo por cuenta propiaTres meses desde la entrada legalArt. 85.7
Tras un visado de búsqueda de empleoUn mes desde la notificaciónArt. 43.5
Arraigo sociolaboralUn mes desde la notificaciónArt. 130.5
De estudios a residencia y trabajoLa eficacia queda condicionada al altaArt. 190.8

Si vas a contratar a alguien de fuera de la UE que vive en su país, el orden es autorización, visado, entrada y alta: lo explicamos en contratación de trabajadores extranjeros y, desde el lado del trabajador, en venir a España con contrato de trabajo. Si estudias en España y te ofrecen empleo, mira la modificación de estudios a cuenta ajena.

Número de la Seguridad Social para hijos menores

Si tu hijo tiene menos de 28 años y cursa estudios oficiales desde 3.º de ESO, ya tiene número por el Seguro Escolar. Si no, lo solicita la madre, el padre o el tutor legal; por Importass sin identificación electrónica, la ficha oficial pide:

  • Datos personales, selfie y foto del DNI, NIE o pasaporte de quien presenta la solicitud.
  • El modelo TA.1 con los datos del menor.
  • La foto del DNI, NIE o pasaporte del menor.
  • Copia del libro de familia o del documento que acredite la patria potestad o la tutela.

La asistencia sanitaria de tu hijo como beneficiario tuyo es otro trámite del INSS, el alta de beneficiario, para descendientes menores de 26 años (o con discapacidad de al menos el 65 %) con residencia legal y efectiva en España y sin otra cobertura.

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Errores frecuentes y qué hacer si algo falla

Errores al pedir el NUSS

  • Pedir un número nuevo cuando ya tienes uno: trámite inútil: la afiliación es única, así que antes se consulta «Acreditación del NUSS»
  • Creer que con el NUSS ya puedes trabajar: sin la autorización de trabajo exigible no quedas incluido en el sistema, salvo, en su caso, a efectos de accidente de trabajo, enfermedad profesional y determinadas prestaciones (art. 42.2 del RD 84/1996)

Si la solicitud por Importass se atasca (no verifican tu identidad o no hay respuesta), acude a una Administración de la Tesorería con el TA.1, haz que lo tramite quien te represente como apoderado («Solicitar NUSS como apoderado») o expón tu caso en el servicio de consultas de la ficha o en la línea de afiliación (opción 2.1, «NUSS/Cambio de datos»).

Si un dato sale mal (nombre, fecha de nacimiento, domicilio o contacto), corrígelo en «Datos personales» de Importass; sin identificación electrónica, con selfie, foto del documento y, como recomienda la Tesorería, el TA.1, que sirve también para la variación de datos. Ahí se comunica, además, el cambio de NIE por DNI.

Si la empresa no te da de alta, puedes pedir tú la afiliación y el alta inicial a la Tesorería, que dará cuenta a la Inspección de Trabajo (art. 25.2 del RD 84/1996 y art. 16.3 de la Ley General de la Seguridad Social).

Lo que vemos en el despacho

Anota la fecha de entrada legal o de notificación de la autorización: de ella dependen los plazos de alta. Si van a vencer sin alta, conviene revisar el expediente con un abogado de extranjería.

Patrones recurrentes de nuestra práctica, sin datos que permitan identificar a ninguna persona. No describimos expedientes concretos ni anticipamos resultados.

Preguntas frecuentes

¿Se puede hacer la solicitud del número de la Seguridad Social con pasaporte?

Sí, en una Administración de la Tesorería con el modelo TA.1: la ficha del trámite admite el pasaporte o la tarjeta de extranjero, y no hace falta cita previa. Por Importass, la ficha solo menciona DNI o NIE para el adulto que lo pide para sí.

¿Es lo mismo el NUSS que el número de afiliación?

Sí. El número de la Seguridad Social se convierte en número de afiliación (NAF) cuando empiezas tu primera actividad incluida en el sistema, en cualquier régimen. No se renueva: la afiliación es única para toda la vida (art. 15 de la Ley General de la Seguridad Social).

¿Cómo consultar mi número de la Seguridad Social si ya lo tengo?

En Importass, en «Acreditación del Número de la Seguridad Social»: lo ves y descargas un PDF que lo acredita, con Cl@ve, DNIe, certificado o SMS, o sin ellos con tus datos, un selfie y la foto del documento. También figura en tus nóminas, en el contrato y en la vida laboral.

¿Cómo solicitar el número de la Seguridad Social por teléfono?

Las fichas oficiales no prevén esa vía: remiten a Importass, la Sede Electrónica y las oficinas de la Tesorería. Para dudas, la línea de afiliación (91 541 02 91 o 901 50 20 50, de lunes a jueves de 9:00 a 18:00 y los viernes hasta las 14:30) tiene el NUSS en la opción 2.1, «NUSS/Cambio de datos».

¿Para qué sirve el número de la Seguridad Social en la tarjeta sanitaria?

Lo usa el servicio de salud de tu comunidad autónoma para darte de alta la tarjeta sanitaria. Antes, el INSS reconoce tu derecho a la asistencia, de oficio si trabajas de alta o cobras una prestación; después pides la tarjeta en tu centro de salud, y la expide la administración sanitaria (art. 3 bis.2 de la Ley 16/2003).

Marta Palacios Cuesta, consultora de extranjería en Madrid

Sobre la autora

Consultora de extranjería · Sus artículos los revisa un abogado colegiado del despacho

Consultora de extranjería y cofundadora de Es Abogado Extranjería. Graduada en Derecho, con Máster de Acceso a la Abogacía y Máster en Derecho de Inmigración y Extranjería, y doctora en Química (PhD), aporta método investigador al estudio de cada expediente. Lleva más de diez años dedicada a la extranjería y la nacionalidad española: dirige el estudio de viabilidad y la preparación documental de los expedientes y es autora de tres obras jurídicas sobre denegaciones de visado, residencia del progenitor de menor español y examen de nacionalidad.

Revisado por Yoel Alejandro Hernández García, abogado colegiado n.º 142.692 del Ilustre Colegio de la Abogacía de Madrid (ICAM). El contenido jurídico de este artículo lo ha revisado un abogado colegiado del despacho antes de su publicación; refleja la normativa vigente en la fecha de revisión indicada al pie.

Fuentes oficiales de este artículo

  1. Real Decreto 84/1996, Reglamento General sobre inscripción de empresas y afiliación, altas, bajas y variaciones de datos de trabajadores en la Seguridad Social (BOE, texto consolidado) (https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1996-4447)
  2. Real Decreto Legislativo 8/2015, texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social (BOE, texto consolidado) (https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2015-11724)
  3. Real Decreto 1155/2024, Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000 (BOE, texto consolidado) (https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2024-24099)
  4. Ley 14/2013, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización (BOE, texto consolidado) (https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2013-10074)
  5. Real Decreto 240/2007, entrada, libre circulación y residencia de ciudadanos de la UE y del EEE (BOE, texto consolidado) (https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2007-4184)
  6. Ley 16/2003, de cohesión y calidad del Sistema Nacional de Salud (BOE, texto consolidado) (https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2003-10715)
  7. Solicitar el Número de la Seguridad Social (ficha del trámite en Importass, Tesorería General de la Seguridad Social) (https://portal.seg-social.gob.es/wps/portal/importass/importass/Categorias/Altas%2C+bajas+y+modificaciones/Altas+y+afiliacion+de+trabajadores/Solicitar+el+numero+de+la+Seguridad+Social)
  8. Obtención del Número de la Seguridad Social / Afiliación (ficha del procedimiento, Seguridad Social) (https://www.seg-social.es/wps/portal/wss/internet/InformacionUtil/44539/44084)
  9. Modelo TA.1, solicitud de afiliación, asignación de número de la Seguridad Social y variación de datos (Seguridad Social) (https://www.seg-social.es/wps/portal/wss/internet/Trabajadores/Afiliacion/10817/31190/572)
  10. Acreditación del Número de la Seguridad Social (Importass, Tesorería General de la Seguridad Social) (https://portal.seg-social.gob.es/wps/portal/importass/importass/Categorias/Vida+laboral+e+informes/Informes+sobre+tu+situacion+laboral/Acreditacion_NUSS)
  11. Gestionar tus trámites: identificación electrónica y trámites sin ella (Importass, Tesorería General de la Seguridad Social) (https://portal.seg-social.gob.es/wps/portal/importass/importass/solicitudes/enviar)
  12. ¿Qué es el número de la Seguridad Social y dónde obtenerlo? (Revista de la Seguridad Social, 14/05/2024) (https://revista.seg-social.es/-/como-obtener-el-nuss-numero-de-la-seguridad-social-1)
  13. Guía para dar de alta a un beneficiario en la Seguridad Social (Revista de la Seguridad Social, 17/01/2025) (https://revista.seg-social.es/-/como-dar-de-alta-a-un-beneficiario-en-la-seguridad-social)
  14. Servicio de atención telefónica de la Seguridad Social (https://www.seg-social.es/wps/portal/wss/internet/ServicioAtencionTelefonica)
  15. Datos personales comunicados a la Tesorería (Importass, Tesorería General de la Seguridad Social) (https://portal.seg-social.gob.es/wps/portal/importass/importass/Categorias/Datos+personales)
  16. Guía para solicitar cita previa con la Seguridad Social (Revista de la Seguridad Social, 27/02/2026) (https://revista.seg-social.es/-/c%C3%B3mo-solicitar-cita-previa-para-pensiones-y-otras-prestaciones-de-la-seguridad-social)
  17. Oficinas de la Seguridad Social (directorio oficial) (https://www.seg-social.es/wps/portal/wss/internet/OficinaSeguridadSocial/)
  18. Guía para obtener el documento acreditativo del derecho a asistencia sanitaria (Revista de la Seguridad Social, 22/01/2025) (https://revista.seg-social.es/-/guia-descargar-certificado-acreditativo-derecho-asistencia-sanitaria)

Última revisión normativa: 26 de septiembre de 2026, contra RD 84/1996, Reglamento de afiliación (BOE-A-1996-4447), arts. 3.1, 21, 24, 25, 27.2 y 42; RDLeg 8/2015, Ley General de la Seguridad Social (BOE-A-2015-11724), arts. 15 y 16.3; RD 1155/2024 (BOE-A-2024-24099), arts. 43.5, 73.1, 77.8, 85.7, 130.5, 190.8, 205.1 y 205.3; Ley 14/2013 (BOE-A-2013-10074), art. 76.5; RD 240/2007 (BOE-A-2007-4184), art. 7.5 y disposición adicional tercera; Ley 16/2003, de cohesión y calidad del Sistema Nacional de Salud (BOE-A-2003-10715), art. 3 bis.2; fichas oficiales de la TGSS en Importass y seg-social.es y guías de la Revista de la Seguridad Social. Si la norma cambia, este artículo se actualiza y se vuelve a fechar.

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