Estudio de la Instrucción SEM 1/2021 acerca del proceso para la concesión de autorizaciones de residencia temporal por motivos de arraigo laboral, emitida el 8 de junio de 2021.

En un mundo donde la movilidad laboral y el deseo de construir un futuro próspero se entrelazan, la Instrucción SEM 1/2021, datada el 8 de junio de 2021, se erige como una brújula para quienes buscan establecerse en nuestro país a través del arraigo laboral. Este procedimiento, diseñado no solo para dar home a aquellos que ya han echado raíces aquí, sino también para reconocer sus contribuciones a la sociedad, refleja un compromiso con la diversidad y la inclusión. Sin embargo, tras su aparente claridad, se esconden matices legales que pueden tornarse complicados para el solicitante, por lo que es fundamental desentrañar y comprender las implicaciones de esta normativa, cuyo objetivo es facilitar, más que obstaculizar, el camino hacia un nuevo hogar. A medida que exploramos los detalles de esta instrucción, es esencial recordar que detrás de cada expediente hay una historia, un sueño y un ser humano en busca de una segunda oportunidad.

El 9 de junio se hizo pública la Instrucción SEM 1/2021, que se refiere al proceso de autorizaciones de residencia temporal bajo el concepto de arraigo laboral. Esta instrucción, fechada el 8 de junio de 2021, fue firmada por el Secretario de Estado de Migraciones del Ministerio de Inclusión Social, Seguridad Social y Migraciones.

Se emitió a raíz de varias sentencias de casación que emitió la Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Supremo. El número de las sentencias son como sigue: la 452/2021, que data del 25 de marzo de 2021 (Roj: STS 1184/2021 – ECLI: ES:TS:2021:1184); la 599/2021, del 29 de abril de 2021 (Roj: STS 1806/2021 – ECLI:ES:TS:2021:1806), y la 643/2021, del 6 de mayo de 2021 (Roj: STS 1802/2021 – ECLI: ES:TS:2021:1802).

Estas directrices son relevantes para entender cómo se llevarán a cabo los procedimientos relacionados con las autorizaciones de residencia por motivos de arraigo laboral en España.

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