No se puede denegar el arraigo familiar únicamente por contar con antecedentes penales.

En el ámbito del derecho de extranjería, es fundamental entender que cada situación personal es única y debe ser tratada con la sensibilidad que merece. Cuando se evalúa un expediente de arraigo familiar, no se puede olvidar que la vida está compuesta por matices, y cada individuo tiene su propia historia, sus propias luchas y sus propios logros. La existencia de antecedentes penales, aunque inquietante, no debe ser el único factor determinante que influya en la decisión sobre la regularización de la situación de alguien. Las normas y principios que rigen nuestro sistema legal reconocen que el lazo familiar y el valor del vínculo afectivo son aspectos que trascienden el pasado de una persona. Por ello, es crucial abordar cada caso con una visión integral y humana, donde la justicia y la dignidad prevalezcan sobre cualquier estigma.

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