Una residencia temporal adquirida de manera ilícita no puede respaldar la obtención de la nacionalidad española.

En el complejo mundo de la inmigración, donde los sueños de una nueva vida a menudo se entrelazan con la búsqueda de oportunidades, es fundamental entender que la legalidad y la ética son los pilares que sostienen el edificio de la integración en un nuevo país. La autorización de residencia temporal, un primer paso crucial en el camino hacia la nacionalidad española, debe ser obtenida de manera transparente y legítima. Lamentablemente, la obtención fraudulenta de este permiso no solo compromete la integridad de quien lo adquiere, sino que también socava la confianza en el sistema. En este contexto, es esencial tener claro que cualquier irregularidad en este proceso no puede fundamentar la concesión de la nacionalidad, ya que el respeto por las normas es un requisito ineludible para construir un futuro en el que la pertenencia y la identidad se basen en la legalidad y el respeto mutuo.

Se ha ratificado la sentencia que dejó sin efecto la decisión que otorgaba la nacionalidad española por residencia a la solicitante. En este caso específico, la solicitud de nacionalidad se presentó basándose en una segunda renovación de un permiso de residencia. Sin embargo, se descubrió que la relación laboral que justificaba este permiso era falsa, y la empresa que la respaldaba inexistente. Esta simulación ocurrió antes de que se tramitara la nacionalidad, lo que llevó a la cancelación del permiso de residencia, incluso después de que se había otorgado la nacionalidad.

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