En un mundo cada vez más interconectado, los desafíos que enfrentan aquellos que buscan refugio son tan complejos como urgentes. Las recientes Consideraciones de Protección Internacional de ACNUR sobre las personas que huyen de Iraq ponen de manifiesto la grave situación que enfrentan miles de individuos que, desgarrados por la violencia y la inestabilidad, se ven obligados a abandonar sus hogares en busca de seguridad. Como abogado especializado en extranjería, entiendo que detrás de cada solicitud de asilo hay una historia de sufrimiento, valentía y esperanza. Es fundamental que, como profesionales y ciudadanos, nos comprometamos a ofrecer una respuesta humanitaria que reconozca la dignidad de estas personas y su derecho a encontrar un lugar donde puedan reconstruir sus vidas. En este contexto, el papel de la ley no sólo es un instrumento técnico, sino una herramienta esencial para garantizar la protección y los derechos humanos de quienes más lo necesitan.
La búsqueda de un refugio seguro: Nuevas pautas de ACNUR para quienes huyen de Irak
Recientemente, la Agencia de la ONU para los refugiados (ACNUR) ha estrenado un nuevo documento titulado Consideraciones de Protección Internacional de ACNUR sobre personas que huyen de la República de Iraq, enero de 2024. Este reemplaza las directrices anteriores publicadas en mayo de 2019 y, aunque por el momento no está disponible en español, sí se puede consultar en inglés.
Este informe proporciona información crucial para evaluar las necesidades de protección internacional de individuos iraquíes que enfrentan ciertos perfiles de riesgo que podrían merecer protección, dado el contexto actual en su país.
ACNUR señala que quienes soliciten asilo desde Iraq y encajen en una o más de las siguientes categorías de riesgo, dependiendo de su situación personal, pueden estar en necesidad deuna protección internacional. Esto se sostiene ya sea por los criterios de refugiado establecidos en la Convención de 1951 sobre el Estatuto de los Refugiados y su Protocolo de 1967, o por motivos más amplios de protección internacional, que incluyen mecanismos regionales como la protección subsidiaria:
- Personas sospechosas de colaborar con el Daesh;
- Individuos que se oponen al Gobierno, funcionarios clave o a las Fuerzas de Seguridad Iraquíes (FSI), incluso grupos como las Fuerzas de Movilización Popular (FMP) que actúan sin control estatal.
- Quienes se muestran críticos con el Gobierno Regional del Kurdistán (GRK) o están asociados a él;
- Personas que se oponen al Daesh;
- Miembros de comunidades étnicas religiosas minoritarias o aquellos que simplemente rompen con las estrictas normas islámicas;
- Periodistas y trabajadores de los medios que realizan coberturas críticas sobre temas políticos o sensibles;
- Personal humanitario;
- Mujeres y niñas;
- Niños;
- Individuos con discapacidades psicosociales o intelectuales;
- Personas con diversas orientaciones de sexualidad, identidades de género o características sexuales (SOGIESC);
- Individuos atrapados en conflictos tribales o disputas familiares;
- Refugiados palestinos.
ACNUR sostiene que la situación actual en Iraq no justifica el cese del reconocimiento como refugiado conforme a los Artículos 1C (5) y 1C(6) de la Convención de 1951.
Además, ACNUR apuntó que no hay vías viables para escapar o reubicarse internamente en áreas antes dominadas por Daesh o que han sido afectadas por el conflicto, debido a la continua vulneración de derechos humanos y abusos por parte de actores tanto estatales como no estatales, así como la persistente presencia de Daesh y las operaciones militares contra ellos. ACNUR también indica que no existen opciones seguras de huida o reubicación interna en territorios disputados donde el Gobierno Federal y el GRK se enfrentan por el control, ya que la seguridad, la política y las dinámicas demográficas son altamente delicadas, lo que podría ocasionar una mayor inestabilidad por el movimiento de las personas. Además, no es factible encontrar alternativas de huida o reubicación en el norte de Iraq debido a las operaciones militares de Turquía o Irán.
Por otro lado, a raíz de las graves violaciones de derechos humanos que se han presentado a lo largo de los conflictos y la represión en Iraq, pueden surgir motivos de exclusión según el Artículo 1F de la Convención de 1951 al evaluar las solicitudes de asilo de ciudadanos iraquíes. En este contexto, hay que prestar particular atención a los siguientes grupos:
- (Ex) miembros de Daesh desde 2013;
- (Ex) miembros de los grupos predecesores del Daesh, que incluyen el antiguo Estado Islámico de Irak (EII) y la antigua Al-Qaeda en Irak (AQI) hasta 2013;
- (Ex) miembros de las FSI, del aparato de seguridad/inteligencia y de la judicatura desde 2003;
- (Ex) miembros de las fuerzas armadas del GRK, del aparato de seguridad/inteligencia y de la judicatura desde 2003;
- (Ex) miembros de otros grupos armados no estatales desde 2003;
- (Ex) miembros de redes relacionadas con el crimen organizado desde 2003;
- Antiguos integrantes del ejército, paramilitares, policía y servicios de seguridad/inteligencia iraquíes, así como altos cargos gubernamentales entre 1979 y 2003;
- Antiguos miembros de grupos opositores al régimen de Saddam Hussein entre 1979 y 2003;
- Integrantes de tribus que participan en sistemas de justicia tribal y violencia.
Considerando la continua violación de derechos humanos, la ineficaz aplicación de la ley, las tensiones comunitarias, la inseguridad local, la contaminación de espacios residenciales y terrenos con artefactos explosivos, además de la escasa rehabilitación de infraestructuras y la limitada accesibilidad a medios de vida y servicios básicos, ACNUR hace un llamado a los Estados para que no devuelvan forzosamente a personas que provengan de áreas afectadas por el conflicto relacionado con Daesh. ACNUR también desaconseja el retorno forzado de estas personas a otras partes de Iraq si existe el riesgo de que no puedan vivir allí, o si podrían encontrarse en una situación que les obligue a regresar a su lugar de origen. Asimismo, ACNUR también desaconseja el retorno forzado de personas que llegan de zonas impactadas por el conflicto regional en el norte de Iraq por el daño que tal conflicto causa a los civiles, infraestructuras y medios de vida.
El documento completo se puede descargar en inglés.
UN High Commissioner for Refugees (UNHCR), International Protection Considerations with Regard to People Fleeing the Republic of Iraq, Update I, HCR/EG/IRQ/2024/01, 30 January 2024, https://www.refworld.org/policy/countrypos/unhcr/2024/en/147247 [accessed 22 February 2024]
** Datos extraídos de la plataforma Refworld, la cual es una herramienta global para la determinación del estatus de refugiado, y también del resumen en español a través de la página de ACNUR España.
Francisco Campos Notario, Abogado ICAS 15702, Abogado Especialista en Derecho de Extranjería, ofrece contenido especializado y actualizado EsAbogadoExtranjería. Obtén información valiosa sobre trámites migratorios, residencia, nacionalidad y más. Para consultas personalizadas, contáctanos aquí o visita nuestro despacho en Madrid y Sevilla.