En el complejo entramado de la migración laboral, donde se entrelazan historias de sueños, aspiraciones y luchas diarias, la reciente publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE) de la Resolución de 3 de octubre de 2024 supone un avance significativo en la gestión de los flujos migratorios. Esta normativa no solo establece un marco legal más claro para la contratación en origen de trabajadores migrantes, sino que también busca humanizar un proceso que muchas veces se percibe como frío y distante. Como abogado especializado en extranjería, mi objetivo es acompañar a cada persona y familia en este camino, asegurando que sus derechos se respeten y que puedan construir un futuro en el que su esfuerzo y dedicación sean valorados y recompensados. La regulación de la gestión colectiva en este ámbito representa una oportunidad para dignificar el trabajo de quienes, con valentía, cruzan fronteras en busca de mejores horizontes.
Nuevas Oportunidades Laborales: Implicaciones de la Resolución sobre la Contratación Colectiva de Trabajadores Migrantes
El día de hoy, el Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado un Extracto de la Resolución de 3 de Octubre de 2024, emitido por la Dirección General de Gestión Migratoria, por la que se convocan subvenciones destinadas a la regulación de los flujos migratorios laborales de trabajadoras y trabajadores en el contexto de la gestión colectiva de la contratación en origen, cuyo contenido más relevante se detalla a continuación:
Primera. Beneficiarios:
Las organizaciones tanto empresariales como sindicales, las cooperativas y las entidades sin fines de lucro que no se encuentren en ninguna de las circunstancias mencionadas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, del 17 de noviembre, siempre que cumplan con los requisitos establecidos en el artículo 4 de la Orden ISM/676/2022, del 15 de julio.
Segunda. Objetivo:
El objetivo es la realización de las siguientes actividades:
a) Participación en los procesos de selección de trabajadores extranjeros no residentes en España mediante las comisiones de selección que se establecen en la orden anual que regula la gestión colectiva de contrataciones en el origen.
b) Organización y coordinación de las contrataciones y traslados de las personas trabajadoras dentro del contexto del programa de gestión de la contratación colectiva en origen.
c) Fomento y apoyo a la continuidad de campañas de temporada, así como la creación de proyectos piloto en este ámbito.
d) Iniciativas enfocadas en el asesoramiento e información sociolaboral específica para los trabajadores migrantes en el marco de la orden que regula la contratación colectiva en origen, respecto a sus derechos, las condiciones laborales del sector y los servicios sociales a los cuales pueden acceder.
e) Organización y realización de sesiones informativas y/o de acciones formativas en temas sociales, culturales, económicos y laborales, entre otros, que complementen los conocimientos y la experiencia de los trabajadores y trabajadoras participantes.

Francisco Campos Notario, Abogado ICAS 15702, Abogado Especialista en Derecho de Extranjería, ofrece contenido especializado y actualizado EsAbogadoExtranjería. Obtén información valiosa sobre trámites migratorios, residencia, nacionalidad y más. Para consultas personalizadas, contáctanos aquí o visita nuestro despacho en Madrid y Sevilla.